PLUSVALIAS MUNICIPALES EN GIPUZKOA

La Justicia aplica con la plusvalía municipal su enésima herida a los ingresos de Guipuzkoa

“Como dato hay que destacar que desde el año 2011 el Tribunal Constitucional, Supremo y Europea han dictado seis sentencias desfavorables”
En la última sentencia del Tribunal Constitucional se dice que se anula parcialmente la Norma Foral sobre el impuesto que grava las plusvalías generales en las operaciones inmobiliarias. Ha habido una serie de pronunciamientos judiciales que han afectado a los intereses de Guipuzkoa de forma negativa.
A continuación, reseñaré algún caso:
1. Las plusvalías municipales. El Tribunal Constitucional anuló parcialmente la norma foral que crea el impuesto de plusvalía municipal. El Constitucional resolvió diciendo que “no puede gravar un caso de traspaso en el que el precio por el que el vendedor se deshace de su inmueble haya sido inferior al de su adquisición”. Desde el 2013 se puede reclamar la devolución de las plusvalías en ventas a pérdidas.
2. El caso Rover. En 2011 el Supremo ordenó a Euskadi a devolver al Estado 435 millones que ingresó indebidamente por el caso señalado. De manera resumida se puede decir que el caso consistió en que Euskadi pagó 435 millones correspondientes a la devolución del IVA por la importación de vehículos de la marca Rover debido a que los vehículos entraban por Pasaia y eran distribuidos desde la localidad alavesa, pero la Junta Arbitral del Concierto Económico resolvió que el Gobierno central debía devolver a la Diputación de Álava 456 millones por el IVA cobrado de esas operaciones pero el Estado recurrió al Supremo donde éste le dio la razón y exigió el reintegro de 435 millones a la Agencia Tributaria. Por ejemplo: 140 millones por IVA ingresó indebidamente Guipuzkoa entre 2009 y 2010.

3. Las inversiones de Kutxa en Repsol. En 2014 el Tribunal Supremo obligó a la Hacienda foral a devolver a Kutxabank casi 30 millones de euros por el caso Repinves-Kutxa. La cantidad de 28,8 millones tuvo que devolver el fisco foral a la caja por pagos del impuesto de Sociedades.

4. El céntimo sanitario. Esto consistía en un sistema para financiar las competencias de salud transferidas a las comunidades autónomas. El País Vasco concertó con el estado el IVMDH, por lo que lo recaudó a través del impuesto especial sobre hidrocarburos desde entonces en 2014 el Tribunal Supremo dictó una sentencio en la que declaraba el “céntimo sanitario” contrario a la legislación europea por lo tanto había que devolver las cantidades no prescritas. Un ejemplo de ello es que 16,6 millones había destinado la Hacienda Guipuzcoana entre 2015 y 2016 para su devolución.

5. Las declaraciones paralelas a transportistas. En 2014, una sentencia del Tribunal Supremo dio la razón a un transportista guipuzkoano a que el fisco le obligó a rehacer su declaración de la renta para que pagara mas y dicho fallo abrió las puertas a muchos transportistas que fueron afectados, pero Hacienda no decidió ejecutar la devolución de las cantidades hasta que el Tribunal Constitucional no se pronunciase igual que lo hizo el Supremo, cosa que pasó al poco tiempo El dato clave seria que 109 transportistas reclaman 4.3 millones por declaraciones rehechas entre 2008 y 2012.

6. “Bonus track”: la multa de las recuperadas vacaciones fiscales. El Tribunal de la UE declaró ilegales las vacaciones fiscales vascas, que son una serie de medidas económicas dirigidas a atraer la inversión al País Vasco que consistían en una reducción gradual durante 10 años de la base imponible del impuesto de sociedades y a la concesión de un crédito fiscal del 45% a las nuevas inversiones que tuvieraN una serie de requisitos que imponían. Debido a esto, 30 millones de multa le impuso Europa a Euskadi en 2014, de los que Guipuzkoa abonó 3.

FUENTE “EL DIARIO VASCO Y PRENSA ECONOMICA”
IRENE GONZALEZ
ESTUDIANTE EN PRACTICAS
4º CURSO DE LA FACULTAD DE DERECHO U.P.V.

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